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Proyecto de ley/25 de marzo de 2026/Institucionalidad

Derogación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL)

Proyecto de ley para derogar íntegramente el Título II de la Ley N° 27.802. El FAL no protege al trabajador: transfiere riesgo al Estado y beneficio al empleador.

El FAL no protege al trabajador: es un subsidio diferido al sector privado financiado con recursos previsionales.

Resumen ciudadano

El proyecto propone eliminar el Fondo de Asistencia Laboral, un mecanismo que financia indemnizaciones con recursos que dejan de entrar al sistema previsional.

Problema que aborda

El FAL permite al empleador compensar su aporte reduciendo contribuciones patronales: el costo de las indemnizaciones deja de recaer en la empresa y lo absorbe el Estado vía pérdida de recaudación del SIPA.

Qué propone

Derogar íntegramente el Título II de la Ley N° 27.802 (artículos 58 a 77), que crea el Fondo de Asistencia Laboral.

Impacto real

El costo fiscal estimado asciende a $3,28 billones (aproximadamente USD 2.200 millones o 0,32% del PBI). El remanente de las cuentas puede volver al empleador, no al SIPA.

Qué significa para las provincias

El FAL favorece desproporcionadamente a las empresas grandes: una pequeña empresa cubre una indemnización de 20 años en 8 meses; una microempresa necesita casi 7 años.

Posición de Flavia

La crítica es institucional, no ideológica. El FAL convierte un fondo solidario en una transferencia de riqueza al sector privado: una donación estatal diferida.

Capitalización privada financiada con recursos públicos

El FAL permite al empleador compensar su aporte al fondo mediante una reducción de las contribuciones patronales (1% para grandes empresas, 2,5% para PyMEs). En la práctica, el costo de las indemnizaciones deja de recaer sobre la empresa y es absorbido por el Estado a través de una pérdida directa de recaudación del sistema previsional. El costo fiscal estimado asciende a $3,28 billones —aproximadamente USD 2.200 millones, o el 0,32% del PBI—.

Los problemas de fondo

El FAL neutraliza el rol disuasorio de la indemnización por despido y naturaliza la rotación de personal como herramienta de gestión. Favorece desproporcionadamente a los modelos de negocio de empleo de corta duración —servicios tercerizados, logística—, mientras las empresas con empleo estable financian indirectamente esa facilidad. Además, el artículo que permite que el remanente de las cuentas vuelva al empleador ante el cese de actividad convierte el fondo en una transferencia directa de riqueza del sistema solidario al sector privado: una donación estatal diferida.

La asimetría según el tamaño de la empresa

Una simulación financiera muestra el sesgo del esquema: el tiempo necesario para que el FAL cubra una indemnización de 20 años de antigüedad varía drásticamente según el tamaño de la empresa. Una microempresa de 10 empleados necesita 6 años y 9 meses; una pequeña empresa de 100 empleados, apenas 8 meses; una mediana o gran empresa, 2 meses. El sistema favorece estructuralmente a las empresas grandes. Por eso el proyecto propone la derogación íntegra del Título II de la Ley N° 27.802.